Día Mundial para la prevención y luchar contra el abuso sexual infantil…NOSOTRES SÍ LES CREEMOS
Hoy en el día Mundial para la prevención y lucha contra el abuso sexual infantil, la Comisión de Género de la Radio Garabato informa:
A las 18 hs se llevará a cabo una juntada para charlar y decir… NOSOTRES SÍ LES CREEMOS en la Plaza Cacique Tulián.
«Como todos los años. Las músicas, con sus instrumentos, les mamás con sus hijes, todas y todes con lo que necesitemes o queramos compartir.
NOSOTRES SÍ LES CREEMOS Les niñes, no mienten.
Ropa y pañuelos rojos♥️
Nos abracemos!!!» Venines autoconvocades.
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El abuso sexual hacia les niñes es una de las formas de violencia hacia la infancia que ha estado invisibilizada durante muchos años. Constituye un delito tipificado en el Código Penal como “Delitos contra la integridad sexual” y es una vulneración a los derechos de les niñes conforme la Ley Nacional 26.061.
Las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud y Unicef señalan que 1 de cada 5 niñas y 1 de cada 13 niños sufren algún tipo de abuso sexual durante la infancia. Aproximadamente el 35% son menores de 7 años.
En relación a los perpetradores aproximadamente el 95% son varones y las estadísticas indican que alrededor del 90% son familiares o pertenecen al entorno de confianza de la familia de les niñes. Se calcula que de cada 1000 casos solo 100 se denuncian y apenas uno se condena.
Cuando hablamos de abuso sexual en la infancia hacemos referencia a un conjunto de conductas o actos que contienen un contenido sexual, que lo comete una persona adulta hacia una niña, niño o niñe con el propósito de conducir a su gratificación sexual. La gratificación del ofensor va a a estar ligada al placer que le produce la relación de dominio – sumisión – control. Y al estar cometidos por un adulto estos actos tienen una intención sexual que no es comprendida por lxs niñxs de la misma manera que es comprendida la sexualidad por las personas adultas, ya que lxs niñxs no se encuentran ni evolutiva ni emocionalmente madurxs para comprenderlos.
Hay una diferencia básica entre la adultez y la niñez por su nivel madurativo y por su nivel de desarrollo psicosexual. Y tampoco puede dar consentimiento, aunque estos actos contengan o no una coacción explícita por cualquier medio y aunque comporte o no contacto físico o genital.
El término consentimiento no encaja en el contexto del abuso sexual infantil, porque lxs niñxs abusadxs sexualmente están siendo sometidxs a la voluntad de quien abusa de ellxs, voluntad que además se ejerce desde una posición de autoridad y con diversos niveles de coerción. Esta diferencia entre una niña, niño o niñe y el adulto da cuenta de un desequilibrio de poder marcado por la asimetría de edad y por el lugar de significación que tiene ese adulto para ellxs. Esta asimetría de poder ubica siempre a la víctima en un alto estado de vulnerabilidad y dependencia.
La mayoría de los perpetradores son varones y suelen formar parte del mundo social y afectivo al que pertenecen les niñes.
Alrededor del 90% de los casos, el victimario forma parte del vínculo de confianza de les niñes, forma parte de la familia, es conocido de elles o de la misma familia. Entre el 10% al 15% de los casos el victimario es desconocido.
Los abusos sexuales que ocurren en el ámbito intrafamiliar incluyen a todas aquellas personas que conforman el grupo familiar biológico, político o adoptivo, nuclear y extenso: padres, padrastros, madres, madrastras, hermanxs, tíxs, primxs, abuelxs.
Los abusos sexuales extrafamiliares involucran a todas aquellas personas que no conforman el grupo familiar de les niñes, pero que tienen suficiente acceso a éstxs como para cometer el abuso a lo largo de un tiempo: cuidadorxs, docentes, amigos y/o allegados de la familia o de algún miembro en particular de la familia, entre otrxs.
¿Qué conductas incluye el abuso sexual hacia lxs niñxs?
- Violación, exposición de los órganos sexuales, tocamientos, contacto genital oral, hacer que les niñes toquen al adulto en sus genitales, por encima o por debajo de la ropa,
- Explotación sexual comercial: supone su utilización para relaciones sexuales remuneradas, pornografía infantil, utilización de niños, niñas y niñes en espectáculos sexuales, donde exista además un intercambio económico o pago de otra índole para lx niñxs o para un tercero intermediario.
- Trata de niñes: implica el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado -dentro del país, desde o hacia el exterior-, la acogida o la recepción de niñes, con fines de explotación sexual.
- Grooming: es la acción deliberada por parte de un adulto de acosar sexualmente a un niño, niña o niñe mediante el uso de internet.